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Maternidad deportiva

La creación y gestación de vida por parte de las mujeres debería conllevar tranquilidad, a efecto de disfrutar esta etapa, sin temor a consecuencias que no sean inherentes y propias de la maternidad misma. Sin embargo, hasta hace poco, la maternidad deportiva era un tema al que la FIFA ni siquiera había volteado a mirar.

Antecedentes

Así las cosas, los derechos laborales de manera histórica han pretendido actualizarse a las situaciones que viven y, lastimosamente, sufren en su mayoría las mujeres que comenzarán su vida en un rol de maternidad.

No debemos olvidar; por el contrario, quisiera dejar de manifiesto, los siguientes hechos, puesto que deben considerarse al momento de realizar un análisis completo de esta situación compleja.

En primera instancia debemos recordar que, en nuestro país y legislación, la familia es considerada como el núcleo de la sociedad. Como tal, la normativa vigente en México presupone y procura el desarrollo integral de los miembros de la familia basado en el respeto a su dignidad. Esto se incluye en el artículo 138 Ter del Código Civil para el Distrito Federal.

En segundo término, debemos recordar que la realidad social siempre irá adelantada a las leyes. Es natural y razonable. Pero la cuestión fundamental en este principio radica en el tiempo en que la realidad sea legislada y por ende se convierta en vinculante y obligatoria para la población total. Todo esto no justifica el rezago que se ha actualizado en los organismos públicos y privados, concretamente a los de futbol; respecto al tema de maternidad en las futbolistas. Recordemos que, en nuestro país, nadie puede ser restringido en sus derechos por razones de edad, genero, trabajo, embarazo o cualquier otro. 

¿Qué dice la ley?

Una vez asentado lo anterior, me avocaré a analizar en primera instancia la realidad actual del embarazo en las futbolistas profesionales, por lo que hace a la legislación vigente. Debemos tener en consideración que, aunque la LIGA MX o la FIFA misma tienen su reglamentación y acuerdos propios, estos nunca pueden contravenir las disposiciones de derecho público. Luego entonces, debe entender el lector que los señalamientos de ley son el mínimo a respetar por parte de los clubes quienes en el ámbito laboral se les denomina patrones. 

La ley que rige las relaciones laborales en México es la Ley Federal del Trabajo y naturalmente tutela la maternidad. Este ordenamiento es muy claro en su artículo 166 al señalar que “cuando se ponga en peligro la salud de la mujer, o la del producto, ya sea durante el estado de gestación o el de lactancia y sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, no se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres o peligrosas”. Este fundamento deja en claro que las futbolistas, al emplearse en un deporte de contacto que por supuesto es peligroso, no pueden ejercer su oficio pero como claramente señala el artículo anteriormente citado, no deben sufrir perjuicio en su salario o prestaciones. 

Ahora bien, a manera de información complementaria que resulta de interés por la situación pandémica actual, y al ser contempladas las mujeres embarazadas como personas vulnerables; la ley del trabajo contempla que en caso de declaratoria de emergencia sanitaria, se prohíbe la utilización de trabajos de mujeres en periodos de gestación o maternidad. El artículo relativo a esta situación se adicionó desde el año 2012 y resulta de suma utilidad en esta “nueva normalidad”.

Futbolistas y madres

Una vez explicado el panorama laboral general de las mujeres embarazadas, me avocaré a lo referente a las deportistas profesionales, cuya labor también regula la Ley Federal del Trabajo.

Hay directrices fundamentales para entender el panorama de ley para el embarazo. La primera se señala en el artículo 300 de la multicitada norma que marca la obligación de los patrones, en este caso los clubes, a realizar exámenes médicos periódicos. Así pues, en caso de embarazo, el dictamen será, probablemente, reposo y cuidados especiales. No realizar actividades que puedan poner en peligro a la mamá y al bebé. El siguiente artículo es preciso en señalar que “Queda prohibido a los patrones (los clubes) exigir de los deportistas un esfuerzo excesivo que pueda poner en peligro su salud o su vida”.

Está claro que un esfuerzo realizado en un entrenamiento o partido, pone en riesgo el bienestar de la madre y la vida del bebé. En concordancia con lo anterior, en el Capítulo X de la multicitada ley, se abre el camino a efecto de que la LIGA MX así como la FIFA comiencen a regular la maternidad de manera más eficiente, puesto que señala puntualmente que los deportistas profesionales tendrán la obligación de “respetar los reglamentos locales, nacionales e internacionales que rijan la práctica de los deportes”.

Aquí es donde se encuentra el fundamento para exigir a la LIGA MX y al máximo organismo de futbol mundial la inclusión concreta de medidas para facilitar y apoyar a las mujeres deportistas que serán madres.

Iniciativas de la FIFA

Así fue como la FIFA comunicó en meses anteriores sus iniciativas que consisten a groso modo en:

  1. Otorgar 14 semanas mínimas de permiso de maternidad, de las cuales mínimo 8 semanas se otorgarán después de dar a luz.
  2. 2/3 del salario deberá mantenerse.
  3. Derecho a amamantar a sus bebés o extraer leche.
  4. Inscripción opcional de jugadora a efecto de suplir temporalmente a la jugadora embarazada.
  5. Apoyo a la jugadora para su reintegración a las labores deportivas.
  6. Asistencia médica y física posterior al nacimiento.

Estas iniciativas ya fueron aprobadas por el Consejo de la FIFA en la sesión virtual realizada el día 4 de diciembre de 2020 y afectaron de manera directa la redacción de diversos artículos del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ)

¿Y la Liga MX?

Como lo apunté al inicio de este artículo, la FIFA aporta estos reglamentos, sujetos a la legislación vigente de cada país asociado. Es por ello, que de manera nacional deberá la LIGA MX tomar medidas y previsiones de conformidad con la normativa vigente que de manera muy general detallé en párrafos anteriores. 

A pesar de las buenas intenciones del organismo internacional del futbol, me parece que aún hay huecos y lagunas en su regulación puesto que, de primera instancia, no cubren situaciones análogas y que se materializa como lo es la adopción

El embarazo no solamente debe ser regulado, también este último concepto debe ser atendido. Si bien, es un avance importante la iniciativa y aprobación de estos protocolos que enumeré, debe expandirse y ampliarse la discusión y análisis para concretar una base sólida de exigencias mínimas que deberán acatar tanto clubes como selecciones.

A esto deberá avocarse la Comisión de Grupos de Interés del Futbol, perteneciente a la FIFA y quienes, a su vez, son los encargados de asesorar al Consejo de la FIFA en temas de las relaciones entre clubes, jugadores, ligas, federaciones miembros, confederaciones, así como de asuntos relativos a los intereses del futbol de clubes en todo el mundo. 

Tiene la FIFA la oportunidad mundial de dar un ejemplo admirable de inclusión, equidad e inteligencia al concretar los apoyos y cubrir en su totalidad las necesidades de las mujeres en el futbol. Este es un buen inicio, pero falta aún camino por recorrer. 

Ver más: Embarazo y futbol – La Reimers Apunta

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Autor: Alfonso García Márquez / @alfonso_gama95

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